La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la existencia de violencia política en contra de la coordinadora de regidores del municipio de Querétaro, Ivonne Olascoaga Correa, por parte de funcionarios públicos de la administración, al constatar que existió una obstaculización sistemática en su contra.
Al revocar las resoluciones del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) que no encontró elementos de violencia política, los magistrados de la Sala Monterrey resaltaron que “no es menor, no es correcto y no es debido someter, minimizar, limitar, sojuzgar, instalar un trato diferenciado por ser mujer o minoría como ha ocurrido”.
La magistrada Claudia Valle Aguilasocho aclaró que aunque no se encontraron elementos para caracterizar la violencia política en razón de género, sí existió un trato constante para obstaculizar el trabajo de la regidora, en detrimento de la representación de una minoría por parte de una mayoría.
En este caso, dijo la magistrada de la Sala Monterrey, sí existe violación a un derecho político electoral sistemático y no se justifica el demérito hacia la regidora, porque “tienen un cargo público que ejercen, que se respalda en el voto ciudadano”.
El magistrado Yairsinio David García Ortiz afirmó que se deben presentar medidas de prevención y suspensión inmediata de sus efectos y de no repetición, así que la violencia política se debe perseguir incluso de oficio.
Asimismo, el magistrado Ernesto Camacho Ochoa ejemplificó que tan existió una conducta sistemáticamente desplegada para violentar a la regidora, que incluso cuando se solicitó a Comunicación Social brindar el apoyo para difundir una actividad deportiva con la zona militar, el responsable de esa área respondió que debía pedirlo a través de la Secretaría del Ayuntamiento, como sucedió cuando solicitaba información ante diversas áreas para poder participar en las sesiones de cabildo.
“Existen al menos 6 hechos que dieron lugar a la presentación de denuncias. Entre otros, se denunció al Secretario del Ayuntamiento por no contestar antes de la sesión de cabildo, por protocolos de seguridad. Forman parte de una conducta sistemáticamente desplegada para violentar a la mujer, políticamente, para obstaculizarle el ejercicio del cargo», insistió.
Los magistrados consideraron que se afectó el derecho a ejercer el cargo de la regidora, al obstaculizarle su participación en cabildo y eso forma parte de un comportamiento reiterado, con cierta sistematicidad.
En el análisis de otro expediente, los magistrados de la Sala Monterrey confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), para que se reponga la sesión de cabildo de enero pasado, respecto a la aprobación del Presupuesto de Obra Anual (POA) 2020.