Con el objeto de proteger a nuestros estudiantes del área de la salud, el pasado 8 de mayo de 2020, la Universidad Autónoma de Querétaro, presentó una demanda de amparo ante la justicia federal, con el objeto de que, no se deriven obligaciones a la Universidad y se afecte a los prestadores de servicio social de cualquier área de la salud, particularmente a los pasantes de Medicina y Médicos Internos de Pregrado (MIP), para el caso que decidan no presentarse o retirarse de las unidades hospitalarias. Esas sanciones podrían consistir en que después, al regresar, una vez pasada la contingencia, les nieguen un espacio en los campos clínicos para concluir con sus obligaciones de servicio social o de internado, o bien, que se les niegue el acceso a la liberación federal, en su caso.
Privilegiando el derecho a la salud de los estudiantes Universitarios del área de la salud, el Juez de Distrito concedió la suspensión provisional a efecto de que no se obligue a la Universidad a ordenar a los citados estudiantes a reincorporarse a partir del 1 de mayo de 2020; y a efecto de que, NO se derive responsabilidad o carga administrativa para la Universidad, es decir, la gestión de los espacios clínicos y de la liberación federal.
En virtud de esta acción legal, los estudiantes de la comunidad universitaria del área de la salud que están vinculados a alguna actividad relacionada con el sistema de salud en el estado no podrán ser sancionados como consecuencia de la libre decisión de no acudir a los centros hospitalarios en el curso de la pandemia de COVID 19, para la realización de actividades que consideren pudieran poner en riesgo su salud.
Asimismo, el juez ordena que no se ejecuten en contra de la Universidad Autónoma de Querétaro, las consecuencias de la no reincorporación de médicos internos de pregrado y pasantes de servicio social de todas las carreras de la salud, tales como, que éstos últimos sean dados de baja de la plataforma correspondiente y suspendidas sus becas; así como el hecho de que la autoridad de salud federal, no proporcione la “liberación federal” (lo que quiere decir que deberá continuar contribuyendo en la gestión para dicha liberación del servicio).
Finalmente, la medida cautelar concedida establece que no se cancelen las becas de los médicos internos de pregrado y pasantes de servicio social de todas las carreras de la salud, la cual sólo surtirá efectos en el supuesto de que aquellos que no tengan factores de riesgo para enfermedad grave por COVID-19, si hayan decidido reincorporarse a las unidades donde sean adscritos, del uno al quince de mayo pasado.
El día 25 de mayo de 2020, a las 11:10 horas, el Secretario de Salud del Estado fue notificado de los términos en que fue concedida la suspensión provisional.