Considera la CNDH que las reformas al código penal de Querétaro vulneran derechos humanos

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos tuvo conocimiento de que el Congreso del Estado de Querétaro aprobó reformas al Código Penal de la entidad, en el que se aumentaron delitos y sanciones penales como medidas para combatir la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19).

El Congreso realizó las modificaciones respecto de los delitos de riego de contagio, omisión de auxilio, de discriminación, de extorsión, de incitación o apología de conductas delictivas, de quebrantamiento de aislamiento obligatorio, de rehusar la prestación de un servicio obligatorio y desobediencia de mandato legítimo de autoridad, de omisión de declarar, de obstrucción de funciones públicas, de oposición a obra o trabajos públicos, por quebrantar la prohibición de residir en cierta circunscripción territorial, entre otros.

Este Organismo Constitucional Autónomo procedió a realizar el análisis de las reformas antes mencionadas y concluyó que esas modificaciones pueden vulnerar diversos derechos y libertades de las personas, particularmente, los de seguridad jurídica, libertad de expresión, de reunión, y manifestación, y de tránsito, así como los principios de legalidad, taxatividad y de mínima intervención del derecho penal.

Ante esa situación, la Comisión Nacional prepara un escrito de demanda de acción de inconstitucionalidad en contra de esos cambios normativos, con la finalidad de solicitarle a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se invaliden las disposiciones que vulneren los derechos humanos de las personas, el cual será presentando una vez que las reformas sean publicadas en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” de dicho estado.

Asimismo, la Presidenta de esta Institución hace un llamado a las autoridades para que en estos momentos de emergencia sanitaria que enfrentan diversos países, incluido México, ocasionados por la enfermedad provocada por el virus COVID-19, establezcan medidas conducentes para proteger el derecho a la salud, sin que ello implique desproteger otros derechos fundamentales, pues todos tienen la misma importancia, por lo que deben tutelarse en todo momento.

De igual modo, se exhorta a no emplear el derecho penal como parte de las políticas públicas de salud, privilegiando otros instrumentos más efectivos y menos represores.

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