No caer en la trampa de contestar discursos de odio desde el enojo

“Llamamos a los diferentes grupos en situación de vulnerabilidad, afectados por la discriminación (diversidad sexual, mujeres, jóvenes, entre otros) a no caer en la trampa de contestar discursos de odio desde el enojo, sino desde los principios constitucionales de igualdad. Pues las personas anti-derechos con sus discursos de odio buscan llevar al límite principalmente a las juventudes, mujeres y personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros, Transexuales e Intersexuales (LGBTTI+), para que al ser lastimados con el lenguaje de prejuicios, contesten desde el enojo y entonces los señalen como intolerantes, justificando así el discurso de odio, discriminación y la violencia hacia dichos sectores de la población”.

Así lo indicó la organización SOS Discriminación Internacional Querétaro luego de que Miguel Muñoz, un joven médico queretano denunciara haber recibido amenazas a su integridad y directamente contra su vida, por parte de las y los seguidores en redes sociales de la diputada Partido Encuentro Social (PES) Elsa Méndez, a quién responsabilizó de todo el daño que pueda sufrir. Luego de haber lanzado una campaña en la plataforma change.org en contra de la mencionada legisladora, por difundir mensajes de odio contra integrantes de la comunidad LGBTTQI+, así como mensajes contra los derechos humanos y en contra de los derechos reproductivos de las mujeres.

Así mismo, en el comunicado antidiscriminatorio se anunció que por lo anteriormente expuesto, SOS Discriminación Internacional Querétaro pedirá a las y los diputados de Querétaro tipificar el delito por discurso de odio hacia la diversidad sexual y los diferentes grupos en situación de vulnerabilidad afectados por la discriminación.

“Pediremos a las y los legisladores penalizar los discursos de odio para evitar la propagación de la violencia verbal, digital y gráfica para proteger la dignidad humana desde el lenguaje para poner un límite a las expresiones de odio verbales, virtuales y gráficas, generadas por prejuicios y estigmas que atentan contra la dignidad humana, que es la base de los derechos humanos, así como del derecho constitucional a la no discriminación. Pero principalmente, porque se atenta contra el derecho a la vida, pues el odio que inicia con discurso no solo pone en riesgo la dignidad de los seres humanos, sino también vida de las personas, pues los discursos de odio también generan crímenes a causa de la orientación sexual, género, edad, discapacidad, entre otros”. Puntualizó en su mensaje la organización SOS Discriminación Internacional Querétaro.

El mencionado comunicado también hace referencia a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la cual define el delito de odio como todo “acto criminal motivado por el sesgo o el prejuicio hacia un grupo particular de personas”; por lo que todo delito de odio tiene que reunir dos requisitos: (i) que el acto constituya un delito bajo el Derecho penal; y que (ii) el acto esté motivado por el prejuicio”.

Además, la organización antidiscriminatoria en Querétaro indicó que uno de los países más avanzados en este ámbito, es España pues su en su código penal en su artículo 510 paso de castigar únicamente la provocación a la discriminación, al odio o a la violencia contra determinados grupos, al delito que se aplica a aquellos que “públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo” determinado (art. 510.1.a), o “produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos” (art. 510.1.b) para cometer este mismo delito o “públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado” (art. 510.1.c). También se castiga a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito” (art. 510.2.a) contra uno de los grupos protegidos o contra una de las personas por razón de su pertenencia a estos grupos, y a quienes “enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo” (art. 510.2.b).

Finalmente, SOS Discriminación Internacional Querétaro dijo tener esperanza en que el Estado de Querétaro sea la primera entidad cuente con la primera legislación que prohíba y sancione las actividades, propaganda o expresiones que inciten, practiquen o promuevan discursos de odio generados por los prejuicios. Así como fortalecer la educación incluyente que fomente el autoestima de las personas y el respeto a las diferencias a través del aprendizaje de los derechos humanos, así como constitucionales de igualdad para aprender a vivir en una sociedad pacífica libre de prejuicios y cualquier forma de violencia.

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